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El TSJ vuelve a suspender cautelarmente el derribo del pabellón de reclusos de San Antón a instancias del Ayuntamiento de Cartagena

Lunes 9 Septiembre 2019  |  Visto: 8 veces  |  Audio  |  Versi�n Imprimible


C�rcel de San Ant�n


La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de Cartagena y ha acordado nuevamente la suspensión cautelar del derribo del pabellón de reclusos de la antigua Cárcel de San Antón, hasta que no se resuelva el contencioso que mantiene el consistorio con la administración regional sobre el alcance de la declaración de las instalaciones de la antigua prisión como Bien de Interés Cultural, según ha informado la alcaldesa, Ana Belén Castejón.

La resolución, dictada el pasado 3 de septiembre, mantiene el criterio del propio TSJ manifestado en un anterior auto del pasado 3 de mayo en que accedía a la suspensión cautelar de las demoliciones, solicitada por el Ayuntamiento, con motivo del pleito planteado contra la Comunidad Autónoma sobre el alcance de los elementos a proteger de la cárcel como consecuencia de su declaración como BIC.

El auto que corrobora ahora esa suspensión tiene su origen en las disensiones de la Dirección General de Bienes Culturales a suspender la licencia de demolición de los elementos que no debían ser protegidos según su criterio, como eran el pabellón de reclusos y una parte del muro perimetral.

Entre los fundamentos jurídicos que han sido tenidos en cuenta por el tribunal se encuentra el hecho de la imposible reparación de estas demoliciones, si la sentencia final considera que el pabellón debe incluirse en la declaración de BIC.

El Ayuntamiento de Cartagena mantiene un contencioso con la Comunidad Autónoma por el cambio de criterio que adoptó respecto al alcance de la protección de la Cárcel de San Antón, ya que en un primer expediente de BIC que caducó, la Dirección General de Bienes Culturales había abogado por la conservación de todos sus elementos.

Posteriormente, cuando se inició un nuevo expediente, limitó la protección a los muros perimetrales y dejando fuera sus estancias interiores como los módulos carcelarios y las estancias de los reclusos, algo consustancial a la historia cualquier centro penitenciario.